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Aviso A Los Venezolanos Este Es El Impacto En EspañA Del Coronavirus Sobre Los Procesos De ExtranjeríA

Aviso A Los Venezolanos: Este Es El Impacto En EspañA Del Coronavirus Sobre Los Procesos De ExtranjeríA

María Teresa Castro Mora (Goy Gentile/ALN).- Debido a la situación en la que se encuentra el país, el Gobierno nacional se ha visto en la obligación de tomar medidas estrictas para contrarrestar el impacto del Covid-diecinueve, mejor conocido como coronavirus; en ese sentido, el pasado 14 de marzo, entró en vigor el R. D. 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-diecinueve. ¿Cómo afectan estas medidas a los venezolanos que adelantan un proceso de extranjería?

A pesar que la administración, ya antes de la entrada en vigor del mencionado Decreto, ya había comenzado a tomar medidas para disminuir los efectos del virus dentro de los distintos organismos, mediante limitaciones en cuanto a la atención presencial a particulares; con la Predisposición auxiliar tercera del R. D. 463/2020, se procede a la suspensión de los plazos en los procesos llevados frente a la administración. cita para renovar nie

Así las cosas, en cuanto a las medidas a las que se hace referencia, el R. cita previa nie extranjeros D. en su predisposición tercera, establece lo siguiente:

1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el instante en que pierda vigencia el presente real decreto o bien, en su caso, las prórrogas del mismo.

2. La suspensión de términos y la interrupción de plazos se va a aplicar a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. No obstante lo anterior, el órgano eficiente va a poder acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para eludir perjuicios graves en los derechos y también intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o bien cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo. cita de huellas extranjeria

4. La presente predisposición no afectará a los procedimientos y resoluciones a los que hace referencia el apartado primero, cuando estos vengan referidos a situaciones de manera estrecha vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma.

Con base en lo anterior, se puede observar que, ciertamente, todos los términos y plazos en los procedimientos ante los organismos administrativos se van a ver suspendidos mientras que el R. D. esté en vigor, sin perjuicio de las prórrogas que este pueda tener.

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¿Exactamente en qué afectan estas medidas de suspensión e interrupción a quienes adelantan un proceso de extranjería?

Se hace imperativo aclarar que la situación ha devenido en el cierre de ciertas Oficinas de Extranjería de Madrid desde el lunes dieciseis de marzo y en la reducción de los trámites que requieran atención al público. Según lo anunciado por las autoridades sólo se tiene previsto otorgar veintidos citas diarias, hasta tanto se supere el Estado de Alarma.

No obstante, tanto las oficinas de extranjería como las comisarías de policía proseguirán atendiendo a las personas que anteriormente hayan concertado citas para efectuar sus gestiones (solicitudes de vivienda, toma de huellas, autorizaciones de regreso, obtención de NIE, etcétera).

Así mismo, seguirá habilitada la sede electrónica de la administración, lo que nos permitirá adelantar todas y cada una de las gestiones que la normativa autoriza a realizar de forma telemática, semejantes como: renovación de la estancia por estudios; renovaciones de la mayor parte de permisos de vivienda (familiares comunitarios, residencias no lucrativas, autorizaciones de trabajo por cuenta ajena, entre otros muchos); todas las solicitudes iniciales y renovaciones de la ley 14/2013 (inversores, trabajadores enormemente cualificados, traslados intraempresariales, emprendedores, búsqueda de empleo y residencia para prácticas).

Además, de acuerdo con el convocado Real Decreto463/2020, todos aquellos trámites que estén en proceso y que estén sujetos a término o a un plazo determinado se verán suspendidos hasta que cese el Estado de Alarma, instante en el que se reanudarán los plazos.

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Por ejemplo: Una persona que ha tramitado una autorización inicial de vivienda para inversor, en condiciones normales debería esperar un plazo de veinte días hábiles para obtener una contestación por la parte de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE).

Suponiendo que al 14 de marzo el plazo estuviera en el día quince, este continuará suspendido hasta el momento en que finalice el Estado de Alarma. Una vez se normalice la situación el plazo se reiniciará por los 5 días restantes.

Es esencial destacar que el Real Decreto tiene como fecha de culminación el día veintinueve de marzo del presente año, pero podría prorrogarse por el tiempo que las autoridades lo consideren conveniente.

Aunque esta situación implicará un retraso en los diferentes procesos que se adelantan ante las autoridades de extranjería, no afectará la situación migratoria de los particulares, siempre y cuando ya hayan empezado su trámite o bien que puedan comenzarlo de forma telemática.

Por consecuente, desde Goy Gentile Abogados, instamos a la calma de todos nuestros clientes y les informamos que quedamos a su disposición para resolver cualquier duda referente a sus procesos de extranjería.