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Qué Es Y Como Se Solicita El Permiso De Residencia

Qué Es Y Como Se Pide El Permiso De Residencia

Reunirse con sus familiares de forma legal en España. Convivir con la familia directa. Esta es la esencia de la reagrupación familiar. La frase “me deseo traer a mis hijos o mis padres a España” hace referencia, en general, a la solicitud del permiso de residencia por reagrupación familiar.

En el sitio web oficial del Ministerio de Empleo se recoge la reagrupación familiar como una autorización de residencia temporal que se va a poder entregar a los familiares de los extranjeros residentes en España, en razón del derecho a la reagrupación familiar”.

Ahora que bien sabes qué es la reagrupación familiar, vamos a explicarte quién puede pedir este permiso de residencia, en qué momento y qué requisitos hay que cumplir.

¿Quién puede solicitar el permiso de vivienda por reagrupación familiar?

El reagrupante es el miembro de la familia que tiene vivienda legal en España y que cumpliendo con ciertos requisitos va a poder reagrupar a sus familiares, denominados reagrupados.

El permiso de vivienda por reagrupación familiar ha de ser solicitado por el reagrupante. Para ello, debe haber residido en España por un periodo mínimo de un año y tener un permiso para residir en nuestro país a lo largo de, por lo menos, otro año más. Además de este requisito para la concesión de la reagrupación, el residente en España debe disponer de una residencia adecuada y medios de tipo económico suficientes. 

¿Qué se considera ingresos económicos suficientes?

El Ministerio de Empleo cifra esta cantidad en el 150 por ciento del IPREM para unidades familiares de dos miembros. Esto es reagrupante y reagrupado. Por cada reagrupado más se demanda contar con de un 50 por ciento más del IPREM, esto es, reagrupante y dos reagrupados (cónyuge y también hijo) va a deber disponer de ingresos superiores al 200 por cien del IPREM. Dentro de estos ingresos se computarán los aportados por familiares de línea directa que convivan con el reagrupante.

Para acreditar esos ingresos, si el reagrupante trabaja por cuenta extraña debe aportar la última declaración del IRPF y su contrato de trabajo, mientras que si es autónomo, además de su última declaración de la renta, debe aportar la acreditación de estar desarrollando una determinada actividad.

Reagrupación familiar: requisitos y documentación para obtener esta autorización de residencia temporal 

Además de los requisitos que te hemos contado, existen otros requerimientos para reagrupar legalmente a la familia en España. Son los siguientes:

  • Uno de los primeros y más importantes: no encontrarse en situación irregular en nuestro país, tener prohibida la entrada en España o bien encontrarse dentro de un periodo de no retorno.
  • No disponer de antecedente penales en nuestro país ni antecedentes por delitos contemplado en el Código Penal de España en otros países.
  • Haber pagado la tasa correspondiente para realizar los trámites de concesión de la reagrupación familiar.
  • No haber contraído una enfermedad considerada de repercusión grave para la salud pública. En la se encuentra la información referente a este género de enfermedades.  
  • Disponer de cobertura de asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social o contar con un seguro médico privado de enfermedades.

¿A quién se puede reagrupar?

Principalmente, los familiares que pueden ser reagrupados son:

  1. Hijos del reagrupante o del cónyuge. En este conjunto se incluyen los menores de edad, hijos adoptados o incapacitados, siempre y cuando no estén casados.  Si se trata de un hijo o bien hijos de uno de los 2 miembros de la pareja, se debe acreditar que tiene la custodia o que ejercita a solas la patria potestad del reagrupado.
  2. Ascendientes de primer grado del reagrupante o de su cónyuge. Es decir, padre o bien madre de uno de los miembros de la familia. Para que esta reagrupación pueda tener lugar, es indispensable acreditar que ese miembro de la familia ha estado al cargo del reagrupante o su pareja mientras que estos radicaban en España. Para ello, por poner un ejemplo, se pueden aportar los envíos de dinero realizados. En la página del Ministerio se recalca que “para reagrupar a los ascendientes, el reagrupante deberá ser titular de una autorización de larga duración o larga duración-UE”.
  3. Cónyuge o bien aquella persona con la que sostenga una relación equivalente de afectividad. Esto puede darse cuando están anotados como pareja en algún registro público o cuando se pueda acreditar (con pruebas admitidas en derecho) esa relación pese a no estar registrada.

¿Cómo se pide la reagrupación familiar y qué plazo tiene la Administración para resolver la petición?

El reagrupante debe asistir a la Oficina de Extranjería de la provincia y abonar, cuando se admita a trámite la solicitud, la tasa de vivienda temporal por reagrupación familiar.

En un plazo de 45 días desde su solicitud, la Administración debe contestar. Si no lo hace, se comprenderá desestimada por silencio administrativo. Si se acepta la solicitud, en el plazo de un par de meses el reagrupado debe solicitar el visado. Este se puede pedir en el consulado de España donde resida el reagrupado. Para pedirlo, el reagrupado debe aportar:

  • Pasaporte o título de viaje válido en España, con vigencia de, cuando menos, 4 meses.
  • Documentación original acreditativa de los vínculos familiares.
  • Certificado médico.
  • Un certificado de antecedentes penales del país donde hubiese residido los últimos 5 años. asesoria extranjeria

El consulado debe contestar a la petición en el plazo de dos meses. De entregar este documento, el reagrupado deberá recogerlo en el plazo de un par de meses desde que le avisan su concesión. Si es menor, será su representante legal quien recoja el visado.

Después del visado… El reagrupado debe llegar a España en el plazo de 3 meses

Siguen los plazos cortos. Concedido el visado, el reagrupado tiene de plazo hasta el momento en que concluya su validez, no superior a 3 meses, para llegar a España. Una vez en este país, va a deber pedir la en el plazo de un mes.

La Tarjeta de Identidad de Extranjeros se consigue en una Comisaría o en la Oficina de Extranjería. A fin de que sea facilitada, el reagrupado debe presentar:

  1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, modelo EX–17.
  2. Tres fotografías recientes y en color.
  3. Justificante del pago de las tasas de la tarjeta.

Como has podido comprobar, los trámites y requisitos son abundantes y los periodos de tiempo cortísimos. De ahí que, para efectuar todos los trámites de reagrupación familiar de manera segura, consulta con un abogado experto.  

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